Saludos mis estimados lectores. el día de hoy vamos a dejar a un lado -por el momento- el tema que inicie la semana pasada sobre las serias observaciones que el Órgano de Fiscalización Superior le hace al Ayuntamiento capitalino, para en su lugar, comentar acerca de la legalidad o ilegalidad, es decir, la Constitucionalidad de los retenes implantados en la ciudad de Tepic, pues verán, hace unos cuantos días el Secretario de Seguridad Pública del Estado, Fernando Carvajal Cazola, con el pretexto de combatir a la delincuencia, ha decidido extender los RETENES, perdón, FILTROS DE REVISION dentro de la ciudad de Tepic, para ello, viene utilizando a la Policía Estatal Preventiva y a Tránsito del Estado para llevar a cabo los filtros de revisión de los vehículos, mediante los cuales se efectúa la inspección de vidrios polarizados, documentación y placas vencidas.
jejeje, ya de pérdida que nos dore un poco la píldora. Mejor nos hubieren dicho que los dichosos filtros son para buscar armas o incluso malandros sospechosos, pero no, nuestras autoridades son tan prepotentes en su actuar que ni siquiera les da por medianamente disfrazar sus ilegales retenes, pues simplemente andan a la caza de los propietarios de los vehículos que no han pagado la tenencia vehicular y/o que no han realizado el canje de placas.
Pero vámonos por parte. Si algún día, -por azares del destino-, llegaran a detener en los dichosos retenes, filtros o como quieran llamarlos, a un sicario con su temible AK 47 ¿tendrá eficacia probatoria en un juicio penal la detención de este individuo?, lo pregunto, porque no hace mucho en la Suprema Corte de Justicia de la Nación se puso en duda la Constitucionalidad de los retenes.
Si mis amigos, -si no me falla la memoria-, en una sesión pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se puso en duda la constitucionalidad de los retenes ubicados en distintos puntos del país.
Donde los ministros José Ramón Cossío Díaz, Genaro Góngora Pimentel y Olga Sánchez Cordero, plantearon la necesidad de que el máximo tribunal estableciera ''si las pruebas obtenidas en retenes tienen o no eficacia probatoria en un juicio penal''.
Cabe preguntarse, -señalaron-, hasta qué grado podemos hablar de flagrancia, cuando de no ser por la realización de un acto de autoridad VIOLATORIO DE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES, la comisión de un delito no se hubiese percibido, y más aún, que la prueba tenga efectos jurídicos en un proceso penal. A su vez, el ministro Juan N. Silva Meza reconoció la importancia del tema de los retenes, ya que ''su constitucionalidad está en entredicho y sería conveniente resolverlo''.
En la opinión de un abogado, SÍ son violatorios de la Constitución Federal , ya que de entrada, se viola el párrafo primero del artículo 16, que dice: "Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento."
También podría darse la violación del artículo 11, donde se consagra la libertad de tránsito: "Todo hombre tiene derecho para entrar en la República , salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros requisitos semejantes.
Lo único en lo que se trata de escudar la autoridad militar o la policial, para justificarse, es en el párrafo del artículo 16, que dice: para que se configure la flagrancia, tendría que darse el caso de que vieran a la persona con el arma o la droga en la mano o bien, que alguien les diera aviso de que en ese momento la traen, aun cuando no sea a la vista.
La pregunta aquí es ¿qué valor es más importante para la ciudadanía? el derecho o la justicia, porque aquí hay una confrontación muy seria entre aplicar el derecho o la justicia. En fin, como siempre, ustedes tienen la última palabra al respecto.
Pues bien, ya abordamos la perspectiva de la justicia, en la persecución de los facinerosos detenidos en flagrancia en los retenes, que es mas o menos el pretexto utilizado por el Gobierno del Estado para establecer los retenes, pero una cosa es implantarlos en las vías de acceso de la capital, -pues allí es prácticamente tierra de nadie-, y otra cosa es meterse en la ciudad, en las colonias, por lo que pregunto ¿Qué demonios tiene que ver con la seguridad publica si los dueños de los vehículos no han pagado la tenencia o el cambio de placas?, en otra palabras ¿que vela tienen en el entierro la policía judicial estatal preventiva con un asunto meramente fiscal, como es la tenencia o el canje de placas?, yo creo que ninguno. Ahora, si hablamos de los agentes de transito DEL ESTADO, ¿que andan haciendo dentro de la ciudad de Tepic?, ¡si no es su jurisdicción!, pues si no mal recuerdo, el Reglamento de Tránsito y Vialidad del municipio de Tepic, dice: Todo espacio terrestre de uso común que se encuentre destinado al tránsito de peatones, ciclistas y vehículos en el Municipio de Tepic, le corresponde a TRANSITO MUNICIPAL. Ojo: no a los del Estado. Esta bien que la tienda es chiquita, pero me imagino que hay quien la cuide, ¿o no don Roberto Sandoval?
Por otra parte, ¿si el lic. Carbajal dice que esta abierto a las opiniones respecto a como deben de funcionar mejor los retenes?, le recomiendo que no se eche este trompo a la uña, que se dedique a lo que le compete, y que la secretaria de hacienda del estado haga sus chamba, es decir, que requirieran a los contribuyentes morosos por las vías legales, porque si se continua utilizando a la judicial preventiva en estos menesteres y a transito del Estado fuera de su jurisdicción, Dios no lo quiera, pero en cualquier momento esto puede detonar en un estallido social de pronósticos reservados, pues verán, no es lo mismo quitar los vehículos en despoblado, que quitarlos frente a los vecinos de toda la vida del propietario que ha caído en morosidad. Pues les aseguro que los vecinos no permitirán que traten a uno de los suyos como unos viles delincuentes, y de seguro, no dejaran que se lleven el vehiculo al corralón, máxime en estas fechas decembrinas, pues prácticamente las autoridades a la mala les están quitando a esos ciudadanos la posibilidad de darles a sus hijos un pequeño regalo de navidad e inclusive, a que no realicen la tradicional cena navideña con su familia, pues su raquítico aguinaldo ira a parar a las arcas del gobierno del estado al tratar de recobrar su vehiculo.
En fin, ahí se los dejo de tarea mis estimados para que ustedes mismos saquen su propias conclusiones al respecto, y sobre todo, que no se nos de atole con el dedo, nuestras H. autoridades del estado andan simplemente a la caza de los pobres deudores fiscales para pagar los prestamos millonarios del Gobernador y no en la persecución de los facinerosos, pues recuerden que la tenencia es la garantía de pago de estos empréstitos. ¡Caray!, solo les falta que se les ocurra detener los vehículos porque no cuentan con la PÓLIZA DE SEGURO POR DAÑOS A TERCEROS, pues esto también esta en la ley de transito. Hasta la próxima mis amigos, nos seguiremos viendo en los primeros días de enero, porque nos vamos a gozar de unas merecidas vacaciones.
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