domingo, julio 11, 2010

Saludos mis estimados lectores. en esta época de crisis económica, la carestía, el manejo irresponsable de las finanzas públicas y el cobro de mayores impuestos, como por ejemplo el reemplacamiento, agudiza aun más la situación critica de los Nayaritas, aun sin embargo, al gobierno de Ney González Sánchez, esto le vale esto un soberano cacahuate, ya que sin decir agua va, una parvada de uniformados, desde el inicio de la presente semana, instalan en las calles de Tepic retenes anticonstitucionales, dizque para infraccionar a todo aquel vehiculo que traiga vidrios polarizados, pero la mera verdad, esto fue un burdo pretexto, ya que el motivo principal fue el de detener y enviar al corralón a todo aquel vehiculo que no hayan realizado el canje de placas, y por supuesto, el pago de la tenencia.

¡Caray!, no cabe duda de que el gobierno del estado en la postrimería de su administración, ha perdido la sensibilidad y todo rastro de humanización, -si es que le quedaba alguna-, pues verán, los ciudadanos que no han realizado los pagos de la tenencia y del reemplacamiento, no, lo han hecho, no porque no quieran, sino porque no tienen dinero. No más vean:

Según la Secretaria de Trabajo Y Previsión Social, (STPS), al 30 de junio de 2010, en Nayarit, de los 429,947 habitantes económicamente activos, 36,752 no reciben ingreso alguno; 67,937 subsisten con un salario mínimo; 104,009 viven con 2 salarios mínimos; 168,090 con mas de 2 a 5 salarios mínimos; 34,172 de 5 a 10 salarios mínimos; 7,686 con mas de 10 salarios mínimos; y 11,301 no especificados.

En otras palabras, 67,937 habitantes de Nayarit subsisten con 54.47 pesos diarios; 104,009 viven con pinchurrientos 108.94 pesos diarios; y lo que es peor, 36,752 no perciben ingreso alguno; solo 168,090 habitantes se pueden consideran entre los afortunados ya que perciben ingresos que oscilan entre los 163.41 y los 272.35 pesos diarios. ¡Bah!, ustedes creen, que el Nayarita con los míseros salarios que perciben, podrán pagar el innecesario y absurdo reemplacamiento de los vehículos y la dichosa tenencia. ¡Pues claro que no!, si a duras penas pueden llevar a su mesa unas cuantas pinchurrientas tortillas.

Pero esto no le interesa en lo absoluto al insensible gobierno del estado, es mas, desde hace tiempo cuidaron muy bien todas las aristas, (para que no se les pueda escapar ningún contribuyente), así estos tengan un modesto vehiculo nacional o de los llamados chocolates. Es decir, el gobierno se cubrió muy bien las espaldas articulando muy bien las leyes en la materia, por ejemplo; en al Artículo 90 de la ley de transito, señala: La Dirección retirará de la vía pública y procederá a la retención de todo vehículo en los siguientes casos:

I.- Cuando simultáneamente carezca de dos o más requisitos a que se refiere el artículo 48 de esta Ley (TODO VEHÍCULO AUTOMOTOR EN LA VÍA PÚBLICA, DEBERÁ ESTAR REGISTRADO, PORTAR PLACAS, TARJETA DE CIRCULACIÓN, TENENCIA, CALCOMANÍAS VIGENTES, Y PÓLIZA DE SEGURO POR DAÑOS A TERCEROS EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN RECONOCIDA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS.)

II.- Cuando el conductor transite en estado de ebriedad, bajo el influjo de drogas enervantes o psicotrópicos;

III.- Cuando obstaculice la vía pública, ponga en peligro la integridad física de las personas, desprenda materias contaminantes, olores nauseabundos o produzca ruido excesivo;

IV.- Cuando participe en hechos de tránsito de los que resulten ilícitos y en cualquier otro caso en que hubiese sido el medio utilizado para la comisión de delito.

¿Cómo la ven mis estimados?, aunque la falta del canje de placas y el pago mismo de la tenencia, SON CREDITOS FISCALES, aquí y en china, a nuestra autoridades les importa un bledo esto, tan es así, que en Nayarit esto se considera, según la ley de transito, una infracción, un ilícito, que se castiga con la retención del vehiculo.

Y eso no es todo, a pesar de que el propio articulo 187 de la ley de transito señala: LOS AGENTES ÚNICAMENTE PODRÁN DETENER LA MARCHA DE UN VEHÍCULO CUANDO SU CONDUCTOR HAYA VIOLADO DE MANERA FLAGRANTE ALGUNA DE LAS DISPOSICIONES DE ESTA LEY. Entendiendo como flagrancia, según el diccionario de la real academia española, flagrante es: De tal evidencia que no necesita pruebas. ¿Entonces para que instalan los retenes de revisión?, ¡bah!, son simples redes para atrapar contribuyentes que no han cubierto algún crédito fiscal. ¿Por que mejor no se ponen a perseguir a tanto sicarios que pululan libremente por las calles de Nayarit?, no, la verdad que no, si a estos si les tienen miedo. En cambio, a los honrados ciudadanos, ya mero se los tragan si estos osan a mirarlos feo. Total, una verdadera falta de incongruencia. Y ya que hablamos de incongruencia, no creen que es una falta de congruencia de que el Ayuntamiento de Roberto Sandoval Castañeda, decomise vehículos por la falta de placas y permisos vigentes, SI SUS PROPIAS UNIDADES NO CUENTAN CON ESTOS REQUISITOS. No creen que nuestras autoridades municipales carecen de legitimidad moral para imponer sanciones a los ciudadanos, ¿o no?, creo que primero deben de sancionar a sus propios vehículos antes de andar haciendo los dichosos operativos recaudatorios, Jesús, ya hasta parecen empleados de Gerardo Gangoiti, secretario de Hacienda del Estado.

¿Pero que creen? hablando de incongruencias, el Artículo 183 de la multicitada ley de transito dice: Los agentes deberán impedir la circulación de un vehículo y ponerlo a disposición de la autoridad competente, EN LOS CASOS SIGUIENTES:

I.- Cuando el conductor que cometa alguna infracción a la Ley muestre síntomas claros y evidentes de estado de ebriedad, o de estar bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias tóxicas y cuando el conductor al circular vaya ingiriendo bebidas alcohólicas;

II.- En caso de accidente en el que resulten daños en propiedad ajena, cuando los involucrados no se pongan de acuerdo. Una vez terminados los trámites relativos a la infracción, la Dirección podrá entregar el vehículo a la persona legitimada. Ojo: como ven, en lo absoluto habla sobre los que no traen placas vigentes, ni mucho menos de quienes no han cubierto el pago de la tenencia.

¿Pero que creen?, ni aun así hay escapatoria alguna, al final de este mismo artículo dice: siempre que contenga la documentación Y DEMÁS ELEMENTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 48 DE ESTA LEY. O sea, ni para donde hacerse. O pagas, o cuello. Mi amigo Rodrigo González Barrios, dirigente estatal del PRD en vez de andar haciendo manifestaciones publicas, que no conducen a nada, en los cruceros de Tepic, mejor deberían de plantarse frente a los cuijes que andan haciendo estos retenes, por lo menos les aguarían la fiesta a los cuasi empleados de Gangoiti (léase: hacienda estatal). Hasta la próxima mis amigos, nos seguiremos viendo. P.D. el próximo lunes les daré los pormenores del informe de labores y toma de protesta de mi amigo Porfirio “el pillo” López Lugo, dirigente del SPAUAN.


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