jueves, enero 28, 2010

Saludos mis estimados lectores. Con el animo de que todos estemos en sintonía con el asunto que hoy vamos a tratar en esta su columna, voy a iniciar con lo que a la letra dice el artículo 134 constitucional: La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

En ningún caso, esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público. La anterior disposición entró en vigor el 13 de noviembre de 2007, cuando se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los cambios a la Constitución como producto de la reforma electoral que el Congreso de la Unión llevó a cabo.

Aunque el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), puede ser menos tajante que la Constitución General de la Republica, ya que les da un breve paréntesis en el año a los gobernadores, para que estos desplieguen campañas de comunicación social con su imagen. Pero entendiendo, de que esta especie de levantamiento de la veda que les otorga el COFIPE, es de tan solo unos cuantos días y en los medios de comunicación electrónica locales. NADA MÁS.

Veamos, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, define en el numeral cinco del artículo 228, lo siguiente: Para los efectos de lo dispuesto por el párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución, que el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como propaganda, siempre que la difusión se limite a una vez al año en estaciones y canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de responsabilidad del servidor público Y NO EXCEDA DE LOS SIETE DÍAS ANTERIORES Y CINCO POSTERIORES A LA FECHA EN QUE SE RINDA EL INFORME.

En sencillas palabras, en ningún caso la difusión de tales informes podrá tener fines electorales, ni de promoción alguna, ni mucho menos realizarse dentro del periodo de campaña electoral. Es decir, el nombre, la imagen, la voz o algún símbolo que identifique a un gobernante sólo podrán aparecer en la propaganda gubernamental a propósito de su informe de gobierno, siete días antes y cinco después de ese evento anual, y exclusivamente en las estaciones y los canales locales.

No obstante a lo que claramente marca la ley y los reglamentos en la materia, en Nayarit se han violentado los preceptos legales que enuncia la Constitución y el COFIPE, respecto a la prohibición que tienen todos los servidores públicos de los tres ordenes de gobierno, de realizar propaganda gubernamental bajo cualquier modalidad de comunicación social que difundan como tales los poderes públicos.

Pues verán, al parecer, al gobierno del estado le valió una pura y dos con sal, que la ley les obligue a abstenerse de andar publicitando o mejor dicho, de andar difundiendo su informe de anual de labores, sobre todo, después de haber transcurrido mas de un mes de la fecha en que el mandatario estatal dio su cuarto informe de gobierno, (18 de diciembre de 2009)

Lo que significa: Que el Gobernador esta cometiendo un descarado delito al andar promocionado su informe anual de labores fuera del tiempo establecido por la ley, (5 días posteriores a la fecha en que se rinda el informe)

Pero vamos viendo como se dieron los hechos: Con la motivación de tratar de contrarrestar o minimizar el movimiento ciudadano que se ha venido gestando en contra del gobierno, derivado por el injusto cobro del reemplacamiento, tenencia y verificación vehicular, así como del exorbitante endeudamiento y del enorme despilfarro de los recursos públicos. Nuestras autoridades implementaron una serie de medidas publicitarias en contra del movimiento ciudadano, pero que hasta el momento no se han percatado de que dichas acciones caen en el terreno de la ilegalidad.

Pues verán, el pasado viernes 15 de enero, la sociedad civil, en conjunto con los partidos políticos de la oposición y de algunas organizaciones no gubernamentales, se dieron a la tarea de realizar una caravana en esta ciudad capital, como protesta por los cobros de estos nuevos impuestos, así como el de exigirles a las autoridades que expliquen el enorme endeudamiento que tiene el estado, (ya cercano a los 3 mil millones de pesos), y sobre todo, que digan en que y como se han gastado estos millonarios recursos.

Hasta aquí todo iba bien, ¿pero que creen mis estimados?, el gobierno del estado, en reacción a esta manifestación ciudadana, en una forma, por demás inverosímil, decide que, EL LUNES 15 DE ENERO, en el programa televisivo “A TIEMPO NOTICIAS”, que se trasmite por las mañanas por RTN, (canal 11), se retransmitiera por mas de una hora EL CUARTO INFORME DE GOBIERNO DE NEY GONZALEZ SANCHEZ, violentando con dicha trasmisión la Constitución General de la Republica y el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, las cuales tajantemente prohíben a los gobernantes andar publicitando su informe de labores, después de la fecha en que esta permitido,(7 días anteriores y 5 posteriores a la fecha en que se rinda el informe), pero esto les valió un soberano cacahuate, y en los 3 días subsecuentes, -hasta por la noche-, lo siguieron trasmitiendo.

Como pueden ver, esta acción propagandista no se trataba, -como lo permite el Cofipe-, de la promoción o glosa del cuarto Informe de Gobierno del mandatario Nayarita, lo que resulta claramente violatoria a la Constitución, al ser un medio o instrumento de autopromoción personal. Como también lo es el andar promocionando los supuestos logros de este gobierno en los flancos o fachada de los taxis amarillos, lo que significa, que se están gastando descomunales sumas de dinero público para promover sus proyectos políticos personales. Aquí hay que recordar que este tipo de excesos en el manejo de las arcas públicas, fue lo que propició la reforma constitucional que se plasmó en el artículo 134 constitucional, para que los gobernadores no puedan utilizar su cargo en búsqueda de otros nuevos, y a costa del erario público. (Aquí no debemos de dejar pasar el hecho de que el propio gobernador no hace mucho se auto proclamo como candidato del PRI a senador para el 2012)

Pero esto no paro aquí, no, para nada, a partir del día miércoles 20 de enero, como por arte de magia, en los principales cruceros aparecieron enormes brigadas de jóvenes con sus flamantes camisetas “del como si” a repartir el cuadernillo del cuarto informe de gobierno del actual mandatario estatal. ¿Cómo la ven?

¿Qué hará al respecto Sergio López Zúñiga, titular del Instituto Estatal Electoral?, ¿se perseguirá este delito por oficio o por denuncia de partes?, será interesante cuestionarlo al respecto. Hasta la próxima mis amigos, nos seguiremos viendo.


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