martes, junio 21, 2011

Saludos mis estimados lectores. Enorme revuelo ha causado entre los Nayaritas el saber que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación REVOCÓ LA SENTENCIA de la Sala Constitucional-Electoral de Nayarit, es decir, LES CORRIGIO LA PLANA, ya que en el juicio de revisión constitucional electoral expediente SUP-JRC-136/2011 presentado por el magistrado Flavio Galván, se estableció que las leyes Electoral y de Justicia Electoral, las dos de Nayarit, facultan expresamente a la Sala Constitucional-Electoral del Tribunal Superior de Nayarit, para resolver la existencia o no de actos anticipados de campaña e imponer la sanción que corresponda por esa falta.

Los magistrados por unanimidad apoyaron la sentencia y coincidieron en que la Sala Electoral de Nayarit deberá pronunciarse lo más pronto posible, considerando la proximidad de los comicios del próximo 3 de julio. En síntesis, El magistrado Flavio Galván aseguró que la revocación de sentencia se debió a que no entraron al fondo de la queja panista por los supuestos actos anticipados de campaña y que será la Sala electoral de Nayarit quien determinará si se acredita la violación a la ley y retira el registro, o si lo vuelve a confirmar después de constatar que no hubo tales actos irregulares.

¿Cómo la ven mis estimados?, fácil no la tienen los tricolores, perdón, los magistrados de la Sala Electoral de Nayarit, sobre todo, porque fue publico y notorio que  Roberto Sandoval dio a conocer en los eventos masivos realizados en cada uno de los 20 municipios que visitó a lo largo de su precampaña en calidad de precandidato único, su plataforma electoral, es decir, dio a conocer el conjunto de principios, doctrinas políticas, sociales, culturales, económicas, laborables, etc. Que se traducen en las acciones que como Gobernador del Estado de Nayarit realizaría, consistentes en seguridad y tranquilidad para todos, empleo, bienestar, educación y salud., en fin, los 5 ejes que incluyen tal y como lo dio a conocer a lo largo de su precampaña: trabajo en el campo, formas de autoempleo, desarrollo de la agroindustria, tecnificar, apoyar la comercialización y capacitación del campo, vivienda digna para todos, modernidad en los pueblos, mejorar la infraestructura educativa, etc.

Aunque por su parte, la coalición "Nayarit nos une", para su descargo, arguye que la legislación de Nayarit no prohíbe que un candidato único realice actos de precampaña, fundando su razonamiento en el articulo 143 de la ley electoral. Aunque para el PAN la impugnación del registro de Roberto Sandoval no solo se basa en que realizo actos de proselitismo en la etapa de precampaña, siendo precandidato único, es decir, sin tener contienda interna dentro de la Coalición Nayarit Nos Une. Sino también al hecho que durante la precampaña, Sandoval Castañeda dio a conocer la plataforma electoral. Cuando  dicha plataforma únicamente se debe sostener en el desarrollo de las campañas electorales.

Asimismo, al hecho, que bajo la figura de precandidato único y dentro del periodo establecido para realizar precampañas, se dedicó a posicionarse como candidato a gobernador, situación que lo coloca en condiciones desproporciónales con respecto al resto de los contendientes, rompiendo con ello con el principio de equidad que debe prevalecer dentro de las contiendas electorales. Condicionantes, que la Sala Constitucional-Electoral de Nayarit no analizo, pues en su sentencia solo consideró que el partido político enjuiciante al impugnar el acuerdo emitido por el aludido Consejo Local Electoral por el cual aprobó el registro de Roberto Sandoval como candidato a Gobernador postulado por la Coalición “Nayarit nos une”, no controvirtió los requisitos de elegibilidad, en tanto que solo se limitó a solicitar se revocara el citado registro, porque en su concepto había realizado actos anticipados de campaña, LO CUAL ERA MATERIA DE QUEJA O DENUNCIA QUE DEBIÓ PRESENTAR ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA Y NO EN LA SALA CONSTITUCIONAL-ELECTORAL DEL ESTADO DE NAYARIT.

En su sentencia, el TEPJF arriba a la conclusión de que la sentencia controvertida no satisface el requisito de congruencia, toda vez que la autoridad responsable indebidamente analizó un aspecto diverso a lo aducido por el partido político entonces apelante, consistente en determinar si el registro de Roberto Sandoval como candidato a Gobernador se debió revocar por haber llevado a cabo actos anticipados de campaña conforme a lo previsto en el artículo 144 de la Ley Electoral de Nayarit. En consecuencia, AL SER FUNDADOS LOS CONCEPTOS DE AGRAVIO QUE HAN QUEDADO ANALIZADOS, lo procedente, conforme a Derecho, ES REVOCAR LA SENTENCIA IMPUGNADA, para el efecto de que la Sala Electoral de Nayarit en plenitud de jurisdicción, conozca y resuelva la impugnación hecha valer por el PAN ante esa instancia jurisdiccional, conforme al procedimiento previsto en los artículos 221, 223 y 224, de la ley sustantiva electoral de Nayarit, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN, PARA EL DICTADO DE LA SENTENCIA, EL DESARROLLO DEL CALENDARIO ELECTORAL Y LA FECHA DE LA JORNADA ELECTORAL, es decir, la Sala Constitucional-Electoral responsable, deberá emitir la resolución que en Derecho corresponda, con toda oportunidad, previo a la celebración de la jornada electoral, debiendo informar del cumplimiento dado a esta sentencia dentro de las 24 horas posteriores a que ello ocurra.

Sin ser leguleyo alguno, creo yo que el TEPJF no les dejo mucho margen de maniobra a la sala electoral del estado, pues para dictar su sentencia deberán de consideran el desarrollo del calendario electoral. Lo que se traduce, en que será muy fácil determinar que Roberto Sandoval SÍ realizó actos anticipados de campaña al hacer actos de proselitismo en el periodo de precampañas, pues fue publico y notorio que él se dedicó de lleno a posicionarse como candidato a gobernador, para ello, baste con solo echarle un vistazo a los medios de comunicación local, y allí se podrá constatar sobre los dichos y los hechos del candidato impugnado. En fin, ahí se los dejo de tarea mis estimados, para que ustedes juzguen lo pertinente. Pero desde ahorita les digo a los Panistas que no se hagan muchas ilusiones, pues los magistrados, cuando mucho, solo llegaran en su sentencia a imponer una pinchurrienta sanción pecuniaria al candidato del PRI. Hasta la próxima mis amigos, nos seguiremos viendo.

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