SIMPLE LETRA MUERTA LA DIVISIÓN DE PODERES EN NAYARIT
Saludos estimados lectores. Por desgracia es
muy obvio que en nuestro terruño querido no existe la división de poderes, ya
que a cada momento queda de manifiesto que en nuestro cada vez mas atrasado estado
solo impera la voluntad del ejecutivo estatal, y de ello podemos encontrar en
el tiempo muchos ejemplos del avasallamiento de los poderes legislativo y
judicial en Nayarit. Si no lo creen, hay les va una muestra, y se refiere al asunto
de los policías municipales ex comisionados en la policía Nayarit, pues verán, dicen
los que saben de estos menesteres, que es muy lamentable que el órgano
encargado de impartir justicia con base en los principios de objetividad,
independencia e imparcialidad sea una extensión del Gobierno del Estado, y lo
peor, que se preste a justificar todo tipo de actuación política del Poder
Ejecutivo sin sustento legal que lo permita.
Pues han de saber que el pasado 23 de abril
de 2015, la sala constitucional-electoral del tribunal superior de justicia de
Nayarit, a cargo del Magistrado Ismael González Parra, emitió el siguiente
acuerdo: se concede a los actores LA
SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO CON EFECTOS RESTITUTORIOS para el efecto de
que las cosas se mantengan como hasta antes de la emisión de los actos
impugnados, POR LO CUAL SE DEBERÁ DE
REINCORPORAR A LOS ACTORES EN EL CARGO Y FUNCIONES QUE VENÍAN DESEMPEÑANDO.
Toda vez que a juicio del suscrito Magistrado los promoventes tienen interés
jurídico para instar el presente juicio y, en particular, de su escrito de
demanda se advierte que el no conceder la suspensión solicitada puede causarles
un daño inminente e irreparable a su pretensión, pues al efecto los promoventes
señalan textualmente que “tiene por objeto preservar las contraprestaciones
(salario y bonos: económico y de lealtad) que veníamos recibiendo. Aunado a lo
anterior, en apariencia de buen derecho, del escrito de demanda se advierte y
señalan que seguirán prestando el servicio público en materia de seguridad, SOLO QUE A TRAVÉS DEL GRUPO DE REACCIÓN DE
LA POLICÍA NAYARIT. ¡JA! con Veytia sí, con Berecochea no. Habrase visto tanta
falta de profesionalismo. Como que se les olvida que su patrón es el
ayuntamiento y no la fiscalía.
Pero para para no hacer tan larga la perorata,
solo les diré que los policías paristas arguyen en su defensa que en el
convenio de colaboración y coordinación en materia de seguridad publica en el
estado de Nayarit, en la CLAUSULA OCTAVA
se señala que la vigencia seria por 36 meses, a efecto de desempeñarse como
elementos de la policía Nayarit.
A que caray, pues que yo sepa EL CONVENIO DE CONFORMACIÓN DE MANDO ÚNICO
QUE CELEBRAN EL GOBIERNO DEL ESTADO CON EL MUNICIPIO DE TEPIC EN MATERIA DE
SEGURIDAD PÚBLICA, se firmó de conformidad EL DÍA 29 DE JUNIO DE 2013, el cual se publico en el periódico
oficial “inexplicablemente” hasta EL
SÁBADO 23 DE AGOSTO DE 2014. ¿Pero que creen? En su CLAUSULA OCTAVA dice: Manifiestan "las partes" que
"el gobierno del estado", por conducto de la Fiscalía General del
Estado, acepta todo lo que a él y por derecho le corresponde y adquirirá en el
manejo exclusivamente operativo del personal de "el municipio" y
dentro de las comisiones y los horarios de servicio, sin considerarse, por ningún
motivo, como patrón directo de los mismos respecto a los derechos y prestaciones
que pudieran ser reclamadas.
Ándele, esto quiere decir que la clausula
octava que aducen los policías paristas solo existe en su mente, ya que aquí no
se habla de que seria por 36 meses el desempeñarse como elementos de la policía
Nayarit. Lo que significa que es una total mentira lo que arguyen los paristas.
Pero eso no es todo, en este mismo convenio (el real) en la clausula DÉCIMA QUINTA dice: "LAS PARTES" convienen que lo relativo a la jornada de
servicio de los elementos operativos adscritos actualmente a la Policía Preventiva
Municipal, será acorde a las necesidades del servicio que requiera "EL GOBIERNO
DEL ESTADO", y se determinará CONSIDERANDO
LA CAPACIDAD PRESUPUESTAL DE "LOS MUNICIPIOS". Por lo que
respecta a los días de descanso, permisos y licencias de los elementos, así
como lo relativo al salario, vacaciones, aguinaldo y demás derechos y prestaciones,
SERÁ ÚNICAMENTE "EL MUNICIPIO"
QUIEN TENDRÁ LA FACULTAD DE DETERMINARLO.
DÉCIMA SEXTA. "LAS PARTES" acuerdan
que, en lo relativo a la imposición de medidas disciplinarias a los elementos
operativos, SERÁ LA COMISIÓN DE HONOR Y
JUSTICIA DE CADA INSTANCIA DE GOBIERNO QUIEN CONOCERÁ Y RESOLVERÁ LOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE INSTAUREN A LOS ELEMENTOS OPERATIVOS
RESPECTIVOS.
En simples palabras esto significa que, en lo
referente al bono de “lealtad”, entre otras cosas, el ayuntamiento tiene la
facultad de determinarlo dependiendo de su capacidad presupuestal ($$$).
Además, quien tiene la ultima palabra en lo concerniente a la imposición de
sanciones por abandono de empleo, rebeldía, etcétera, es la Comisión de Honor y
Justicia y nadie más.
Clausulado que obviamente no vio el
magistrado instructor a la hora de emitir su acuerdo. Total, me atrevo a decir que
una vez más el Poder Judicial de Nayarit por conducto de su Sala
Constitucional-Electoral ha emitido un acuerdo por demás polémico y fuera de
todo marco legal, al ordenar en su acuerdo que los policías que apenas el 6 de
abril anterior se reincorporaron a sus funciones como elementos de policía
municipal, se regresen a la Policía Nayarit, ello, -según dicen- mientras se
resuelve el juicio contencioso administrativo. Jajaja, ya llovió, pues todos
sabemos su tardada impartición de justicia, por lo menos durará de 8 a 10
meses.
Ahora bien, es claro que la medida de
regresar a los policías municipales a la fiscalía, ordenada a toda prisa por el
magistrado Ismael González Parra, obedece a que le urgía notificar éste acuerdo
desde el día jueves 23 de abril, por temor de que los policías fueran cesados
de su encargo, pues han de saber que el órgano encargado de analizar la
conducta de los elementos de policía, inició procedimiento administrativo Y DETERMINÓ LA BAJA DE LOS PARISTAS, ELLO CON ANTERIORIDAD A LA ORDEN DADA POR EL MAGISTRADO, además de que
dicho procedimiento fue realizado por una autoridad no señalada como demandada
en el juicio que presentaron los elementos de policía. ¿Como la ven mis
estimados?, ¿existirá la división de poderes en Nayarit?
Ya para concluir con los comentarios del día
de hoy, quisiera preguntar ¿si los policías ex comisionados en la policía
Nayarit y hoy ex policías municipales (por estar ya dados de baja por la comisión
de honor y justicia) en calidad de que fueron convocados por la fiscalía a
tomar las armas para custodiar las fronteras del estado por los hechos
violentos suscitados en Jalisco?, seria… ¿Cómo mercenarios? ¿Cómo guardias
comunales?, ¿Cómo simples ciudadanos?, quien sabe, eso lo debe de contestar el
gobierno estatal. Hasta la próxima mis
amigos, nos seguiremos viendo.
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