GOBIERNO DEL ESTADO SE PASA POR EL ARCO DEL TRIUNFO LA
SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL JUEZ DE DISTRITO
CAFÉ VIRTUAL
Saludos mis estimados lectores. ¡Segunda llamada!
¡Segunda llamada!, perdón, ¡¡¡SEGUNDA
CONVOCATORIA!!! PARA LA VENTA DEL TERRENO DEL ANTIGUO ESTADIO DE BÉISBOL DE
TEPÍC. Si mis amigos, el Gobierno de la Gente no quita el dedo del renglón en
su empeño por vender el terreno denominado por nuestras autoridades como el PARQUE DE LA DISCORDIA, aunque para la ciudadanía
Nayarita dicho inmueble es nada menos que el PARQUE DE LA DIGNIDAD. Pues bien, al parecer al gobierno estatal le
vale un soberano pepino los sendos amparos interpuestos por ciudadanos
Nayaritas, apoyados por las dirigencias y legisladores locales del PAN y el PRD.
Que por cierto, un Juez Federal les concedió la suspensión definitiva a ambos
amparos.
¿Pero que significa o que alcance tiene la suspensión
definitiva?, ahhh mis estimados, sin ser abogado alguno, ni nada por el estilo,
pero tengo entendido que LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA es…. cuando se interpone la demanda de amparo, el
juez de distrito admitirá la demanda y ordenará a las autoridades señaladas
como responsables de que rindan un
informe justificado para que afirmen o nieguen los hechos narrados por el
quejoso y otorgará, una suspensión provisional, (desde luego, siempre y cuando
se solicite).
A la vez, el juez señala una fecha para
desahogar una audiencia incidental, dando tiempo de que lleguen los informes
previos de las autoridades responsables.
Si estas autoridades niegan los hechos
narrados en la demanda de amparo, es decir, afirman que no existen actos que
vulneren o puedan vulnerar los derechos del quejoso, entonces la suspensión se
revoca e incluso se puede sobreseer el juicio de amparo por no tener materia de
controversia.
Pero si al contrario, las autoridades
responsables afirman que son ciertos los actos que narra el quejoso
(independientemente si están o no fundados y motivados), el juez otorgará la
suspensión definitiva, si de la narración de la demanda y el informe
justificado se desprende que pueden vulnerarse las garantías individuales del
mismo.
Esta suspensión definitiva es con el ánimo de
que se salvaguarden los derechos del quejoso, es decir, que no se ejecuten los
actos de autoridad hasta que el juez dicte sentencia definitiva de amparo.
De otra forma, si no se otorga esta
suspensión y se ejecutan los actos de autoridad, algunos de ellos podrían ser
de imposible reparación, por lo que es superior el interés jurídico y social de
salvaguardar los derechos del quejoso hasta que se dicte la sentencia
definitiva de amparo.
En conclusión, la suspensión definitiva
permite que el juicio de amparo se desahogue hasta su sentencia, SIN QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTE
LOS ACTOS CONTRA LOS QUE EL QUEJOSO SE ESTÁ AMPARANDO.
A caray, mas claro ni el agua, pues se
entiende, de que el gobierno del estado no debe de continuar ejecutando los actos
de autoridad, léase: la venta del inmueble. Hasta que el Juez dicte sentencia
definitiva. Pues bien, si se realiza la venta, es como hacer prácticamente a un
lado los derechos de los quejosos por los cuales se están amparando (que no se
venda un bien de uso público, propiedad de los Nayaritas)
Ni hablar, se oye muy bonito todo esto en
papel, ¿pero que creen?, como al parecer no hubo ofertantes en la primera
convocatoria del Gobierno de la Gente, para la venta publica del multicitado
inmueble, publicada el 20 de julio de 2013, en donde los participantes deberían
de entregar a la secretaria de administración y finanzas su oferta en sobre cerrado
el día 01 DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, A
LAS 11:00 HORAS en la sala de juntas de la dirección general de administración
anexo a la dirección de recursos materiales y servicios generales; la oferta
mas alta determinara al comprador y el precio de la venta, ah, por cierto, el
precio base es de 84’356,437.00; pero como ya se los mencione, NO SE PRESENTARON POSTORES PARA LA VENTA
PUBLICA, por lo que el pasado jueves 08
DE AGOSTO DE 2013 EL GOBIERNO DE LA
GENTE PUBLICA LA SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA VENTA PUBLICA. En donde los
participantes deberán entregar a la secretaria de administración y finanzas su
oferta en sobre cerrado el día 21 DE
AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, A LAS 10:00 HORAS en la sala de juntas de la dirección
general de administración anexo a la dirección de recursos materiales y
servicios generales; la oferta mas alta determinara al comprador y el precio de
la venta.
¿Cómo la ven mis estimados?, de verdad no entiendo
el empecinamiento del Gobernador en tratar de vender un bien de uso publico. Acción
que solo le ha traído como dividendo el rechazo total de la ciudadanía por tratar
de vender por todos los medios un patrimonio de los nayaritas, pues no avalan en
lo absoluto la venta del terreno del antiguo estadio de beisbol, para pagar los
adeudos que tiene el gobierno con la Universidad Autónoma de Nayarit, por concepto
de subsidios, pues consideran que seria prácticamente como pagarles dos veces a
la UAN el subsidio estatal, sobre todo, porque no se sabe a la fecha a donde fue
a parar el recurso etiquetado en el presupuesto estatal como subsidio para la
Universidad. Reclamo publico que el gobierno ha hecho oídos sordos. En fin, ya
veremos si el día de hoy se presentan compradores para el terreno del Parque de
la Dignidad. Pero lo mejor, ¿que van a hacer los opositores de la venta?, hasta
la próxima mis amigos, nos seguiremos viendo.
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