martes, agosto 20, 2013


 GOBIERNO DEL ESTADO SE PASA POR EL ARCO DEL TRIUNFO LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA DEL JUEZ DE DISTRITO

CAFÉ VIRTUAL
Saludos mis estimados lectores. ¡Segunda llamada! ¡Segunda llamada!, perdón, ¡¡¡SEGUNDA CONVOCATORIA!!! PARA LA VENTA DEL TERRENO DEL ANTIGUO ESTADIO DE BÉISBOL DE TEPÍC. Si mis amigos, el Gobierno de la Gente no quita el dedo del renglón en su empeño por vender el terreno denominado por nuestras autoridades como el PARQUE DE LA DISCORDIA, aunque para la ciudadanía Nayarita dicho inmueble es nada menos que el PARQUE DE LA DIGNIDAD. Pues bien, al parecer al gobierno estatal le vale un soberano pepino los sendos amparos interpuestos por ciudadanos Nayaritas, apoyados por las dirigencias y legisladores locales del PAN y el PRD. Que por cierto, un Juez Federal les concedió la suspensión definitiva a ambos amparos.

¿Pero que significa o que alcance tiene la suspensión definitiva?, ahhh mis estimados, sin ser abogado alguno, ni nada por el estilo, pero tengo entendido que LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA es….  cuando se interpone la demanda de amparo, el juez de distrito admitirá la demanda y ordenará a las autoridades señaladas como responsables de que  rindan un informe justificado para que afirmen o nieguen los hechos narrados por el quejoso y otorgará, una suspensión provisional, (desde luego, siempre y cuando se solicite).

A la vez, el juez señala una fecha para desahogar una audiencia incidental, dando tiempo de que lleguen los informes previos de las autoridades responsables.

Si estas autoridades niegan los hechos narrados en la demanda de amparo, es decir, afirman que no existen actos que vulneren o puedan vulnerar los derechos del quejoso, entonces la suspensión se revoca e incluso se puede sobreseer el juicio de amparo por no tener materia de controversia.

Pero si al contrario, las autoridades responsables afirman que son ciertos los actos que narra el quejoso (independientemente si están o no fundados y motivados), el juez otorgará la suspensión definitiva, si de la narración de la demanda y el informe justificado se desprende que pueden vulnerarse las garantías individuales del mismo.

Esta suspensión definitiva es con el ánimo de que se salvaguarden los derechos del quejoso, es decir, que no se ejecuten los actos de autoridad hasta que el juez dicte sentencia definitiva de amparo.

De otra forma, si no se otorga esta suspensión y se ejecutan los actos de autoridad, algunos de ellos podrían ser de imposible reparación, por lo que es superior el interés jurídico y social de salvaguardar los derechos del quejoso hasta que se dicte la sentencia definitiva de amparo.

En conclusión, la suspensión definitiva permite que el juicio de amparo se desahogue hasta su sentencia, SIN QUE LA AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTE LOS ACTOS CONTRA LOS QUE EL QUEJOSO SE ESTÁ AMPARANDO.

A caray, mas claro ni el agua, pues se entiende, de que el gobierno del estado no debe de continuar ejecutando los actos de autoridad, léase: la venta del inmueble. Hasta que el Juez dicte sentencia definitiva. Pues bien, si se realiza la venta, es como hacer prácticamente a un lado los derechos de los quejosos por los cuales se están amparando (que no se venda un bien de uso público, propiedad de los Nayaritas)

Ni hablar, se oye muy bonito todo esto en papel, ¿pero que creen?, como al parecer no hubo ofertantes en la primera convocatoria del Gobierno de la Gente, para la venta publica del multicitado inmueble, publicada el 20 de julio de 2013, en donde los participantes deberían de entregar a la secretaria de administración y finanzas su oferta en sobre cerrado el día 01 DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, A LAS 11:00 HORAS en la sala de juntas de la dirección general de administración anexo a la dirección de recursos materiales y servicios generales; la oferta mas alta determinara al comprador y el precio de la venta, ah, por cierto, el precio base es de 84’356,437.00; pero como ya se los mencione, NO SE PRESENTARON POSTORES PARA LA VENTA PUBLICA, por lo que el pasado jueves 08 DE AGOSTO DE 2013  EL GOBIERNO DE LA GENTE PUBLICA LA SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA VENTA PUBLICA. En donde los participantes deberán entregar a la secretaria de administración y finanzas su oferta en sobre cerrado el día 21 DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, A LAS 10:00 HORAS en la sala de juntas de la dirección general de administración anexo a la dirección de recursos materiales y servicios generales; la oferta mas alta determinara al comprador y el precio de la venta.

¿Cómo la ven mis estimados?, de verdad no entiendo el empecinamiento del Gobernador en tratar de vender un bien de uso publico. Acción que solo le ha traído como dividendo el rechazo total de la ciudadanía por tratar de vender por todos los medios un patrimonio de los nayaritas, pues no avalan en lo absoluto la venta del terreno del antiguo estadio de beisbol, para pagar los adeudos que tiene el gobierno con la Universidad Autónoma de Nayarit, por concepto de subsidios, pues consideran que seria prácticamente como pagarles dos veces a la UAN el subsidio estatal, sobre todo, porque no se sabe a la fecha a donde fue a parar el recurso etiquetado en el presupuesto estatal como subsidio para la Universidad. Reclamo publico que el gobierno ha hecho oídos sordos. En fin, ya veremos si el día de hoy se presentan compradores para el terreno del Parque de la Dignidad. Pero lo mejor, ¿que van a hacer los opositores de la venta?, hasta la próxima mis amigos, nos seguiremos viendo.



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