Si mis amigos, la
pretensión del Ayuntamiento capitalino de crear el nuevo relleno sanitario para
el municipio de Tepic se les vino abajo, y todo por no cumplir cabalmente con
la información técnica que se le requirió para la autorización del cambio de
uso de suelo para el desarrollo del Relleno Sanitario de Tepic. Pero permítanme
ir paso a paso para darles a conocer como fue que la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos, de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, le dio palo a la solicitud del
ayuntamiento para el cambio de uso de suelo de unos terrenos en el Ejido de Lo
de Lamedo, donde se pretendía construir el nuevo relleno sanitario.
¡Queee!, ¿en Lo de
Lamedo?, a caray, pues no que el nuevo basurero estaría ubicado a unos 3 kilómetros del Iztete, ¡pues fíjense que no!, iba y digo iba, por la sencilla razón,
de que ya no va ser posible su construcción en el ejido de Lo de Lamedo POR SER TERRENOS FORESTALES.
Pero vamos a la
historia: mediante escrito de fecha 30 de julio de 2012, Roberto Ruiz Cruz, en
su carácter de Sindico municipal, turno a la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos, la solicitud de autorización de
cambio de uso de suelo en terrenos forestales por una superficie de 29.450633 hectáreas para el desarrollo del proyecto denominado RELLENO SANITARIO TEPIC, en
las parcelas 5Z-1P1/1 y 6Z-7P1/1. En el ejido Lo de Lamedo del municipio de
Tepic.
El 9 de agosto de
2012, con el oficio SGPA/DGGFS/12/2405/12 la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos, requirió al sindico municipal,
Roberto Ruiz Cruz, información Técnica del proyecto del relleno sanitario, haciéndole
la prevención QUE DE NO CUMPLIR EN
TIEMPO Y FORMA CON LO SOLICITADO, EL TRAMITE SERIA DESECHADO, la cual se refería
a los siguientes capítulos del estudio técnico:
- descripción de
los elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológica-forestal en donde
se ubique el predio.
- Descripción de
las condiciones del predio que incluya los fines a que esta destinado, clima,
tipos de suelo, pendiente media, relieve, hidrografia y tipos de vegetación y
de fauna.
- Vegetación que
deba respetarse o establecerse para proteger las tierras frágiles.
- Medidas de prevención
y mitigación de impactos sobre los recursos forestales, la flora y fauna
silvestre, aplicables durante las distintas etapas de desarrollo del cambio de
uso de suelo.
- Servicios
ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de uso de suelo
propuesto.
- Justificación técnica,
económica y social que motive la autorización excepcional del cambio de uso de
suelo en terrenos forestales; para dar cumplimiento a lo establecido en el
articulo 117 de la ley general de desarrollo forestal sustentable y el articulo
121 fracción X de su reglamento, y para que esta secretaria pueda emitir, en su
caso, la autorización excepcional del cambio de uso de suelo en terrenos
forestales, será necesario lo siguiente: biodiversidad, la no erosión del
suelo, factor agua, justificación económica, estimación económica, estimación
del costo de las actividades de restauración del cambio de uso de suelo, o sea,
una estimación de lo que costaría llevar el sitio a una condición similar a la
que actualmente presenta, proporcionar una amplia explicación en la vinculación
del proyecto con cada uno de los criterios establecidos en la norma oficial
mexicana NOM-83-SEMARNAT-2003.
Total, para no
hacerles tedioso el asunto, la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos, determino entre otras muchas cosas,
que: los estudios están incompletos y no permiten medir la biodiversidad a nivel
del ecosistema de la cuenca. En otra palabras, el estudio técnico presentado no
aporta los argumentos y elementos necesarios que demuestren que no se
compromete la biodiversidad, que no se provocara la erosión de los suelos, el
deterioro de la calidad de agua o la disminución en su captación, y que el uso
propuesto es el mas productivo a largo plazo, conforme a lo que establece el
articulo 117 de la Ley
General de Desarrollo Forestal
Sustentable. Por lo que resuelve:
Primero.- DESECHAR la solicitud de autorización
de cambio de uso de suelo en terrenos forestales por una superficie de 29.450633 hectáreas , para el desarrollo del proyecto denominado RELLENO SANITARIO TEPIC,
debido a que no presento la información técnica requerida mediante
oficio NºSGPA/DGGFS/712/2405/12 de fecha 09 de agosto de 2012, específicamente
lo señalado en el considerando IV de este resolutivo. Por lo que se hace
efectiva la prevención establecida en el oficio citado, dándose por concluido
dicho procedimiento. Ni que decir, esta clarito que la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos, le dio palo a la construcción del
nuevo relleno sanitario en las inmediaciones del ejido de Lo de Lamedo.
Ni hablar, ¡un
hurra para los habitantes de este paradisíaco poblado del municipio de Tepic!,
pues me imagino que ellos ni siquiera tuvieron conocimiento de que se estaba
cocinando en lo oscurito la construcción prácticamente en el traspatio de sus
casas, del nuevo basurero de Tepic, y eso que una de la condicionantes para la
autorización del cambio de uso de suelo requiere, tratándose de ejidos o
comunidades agrarias, de presentar copia certificada del acta de asamblea en la
que conste el acuerdo de los ejidatarios del cambio de uso de suelo.
Pero eso no es
todo, ustedes recordaran que mas o menos en el mes de febrero del presente año,
nuestro alcalde capitalino con bombo y platillo anuncio que en cuestión de 15 días
se daría el banderazo para el arranque de la construcción del nuevo relleno
sanitario, o sea, para estas fechas ya debería de haber un buen avance de la
obra, sobre todo, porque el ayuntamiento menciono que para el mes de noviembre
se clausuraría definitivamente el basurero del Iztete, por lo que en dicho mes se
empezara a depositar la basura en el nuevo relleno sanitario. Pero que creen,
-de ser cierto que ya iniciaron las
obras-, SE ESTA COMETIENDO UN DELITO AMBIENTAL DE ORDEN FEDERAL.
Si mis estimados,
en el articulo cuarto del resolutivo dice: Advertir al promoverte que realizar
el cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin contar con la autorización
correspondiente para el proyecto denominado Relleno Sanitario Tepic, ES UNA INFRACCION A LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE
Y UN DELITO AMBIENTAL DEL ORDEN FEDERAL.
¡sácatelas!, se
pone bueno el asunto, pues si ya se empezó con las obras, les va a ir como en
feria al Gobernador y al propio Presidente Municipal de Tepic, pues la empresa
VIGUE, como Poncio Pilatos, SE LAVAN LAS MANOS, ya que el contrato de concesión
establece que es responsabilidad del ayuntamiento y del propio Gobierno del
estado, la consecución de los permisos, la adquisición del predio, así como la construcción
y adecuación del terreno, o sea, los de VIGUE solo llegaran a tomar posesión
del nuevo relleno sanitario cuando ya esté construido. ¡Chulada de negocio!
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